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Nuestros fragmentos, hablando de violencia obstétrica y parto respetado (II y final)
En la primera parte de este artículo fueron abordadas algunas cuestiones referentes a la regulación de la violencia obstétrica en partos institucionalizados a nivel mundial. Revisaremos a continuación el estado actual de ese marco regulatorio en el sistema cubano de Salud Pública. La Ley cubana de Salud Pública reconoce en sus artículos 18, 19 y 35 la obligatoriedad del consentimiento informado en las relaciones médico-paciente, y de los buenos tratos apegados a la bioética, no obstante, en la atención gineco-obstetra estos protocolos se incumplen constantemente en el país. La relación médico-paciente se inscribe en las relaciones jurídicas de tipo civil, aun cuando los servicios públicos de salud se constituyan de manera extracontractual. En Cuba esta…