VIVIENDAS EN CUBA, ¿PARA QUIÉNES?
El problema habitacional es uno de los más acuciantes en Cuba. Por ello, desde que fuera anunciado en 2018, el programa de construcción de viviendas ha tenido sistemático seguimiento por parte del Gobierno, la prensa nacional y del propio Presidente. Aun bajo los efectos paralizantes de la pandemia de la COVID-19, el programa ha seguido desarrollándose y siendo noticia.
En ese proceso se han revelado datos oficiales respecto al fondo habitacional. Hasta junio de 2017 existían un total de 3 millones 824 mil 861 viviendas en el país. De ellas, el 39 % en regular y mal estado técnico. Quedaban pendientes a rehabilitar o a construir totalmente 209 mil 861 viviendas por afectaciones climatológicas. El déficit en el fondo habitacional ascendía a 929 mil 695 viviendas.
El 88 % de las viviendas en Cuba son de propiedad personal. Del resto (12 %), el 34 % son vinculadas y medios básicos, el 20 % son usufructos, en arrendamiento permanente se encuentran el 22 % y sin titularidad el 24 %. Estos datos públicos develan las actuales condiciones habitacionales y el tipo de titularidad predominante, aunque no se encuentran desagregados por sexo/género.
El derecho a la vivienda adecuada, así como a la tierra y a la propiedad, son fundamentales para asegurar el principio de igualdad de todas las personas. A la vez, el acceso a la vivienda digna es una pieza clave para lograr la equidad de género. Esta provee a las mujeres no solo de un lugar donde reproducir la vida sino también de seguridad física y económica. Así lo contempla, desde 1995, la Plataforma de Acción de Beijing de la ONU cuando llama la atención sobre el compromiso de todos los Estados de “adoptar reformas legislativas y administrativas para proteger el derecho de la mujer al acceso pleno y equitativo a los recursos económicos, incluido el derecho a la herencia, la posesión de tierras y otras propiedades”.
Por su parte, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) pide específicamente a los Estados que adopten medidas apropiadas para erradicar la discriminación contra la mujer y garantizar que goce de condiciones de vida adecuadas, comprendida la vivienda adecuada (CEDAW, artículo 14.2). La Declaración Universal de los Derechos Humanos en su artículo 25 también proclama el derecho a un nivel de vida adecuado, que incluye la vivienda.
La Constitución cubana reafirma todos estos mandatos de carácter internacional en sus artículos 43 y 44. Cuba fue el primer país en firmar y segundo en ratificar todo el articulado de la CEDAW. Como resultado de la Cuarta conferencia internacional de la mujer, se creó en Cuba el Plan de Acción Nacional de Seguimiento a la Conferencia de Beijing (PAN) por Acuerdo del Consejo de Estado en 1997 y vigente hasta nuestros días. Sin embargo, en sus informes no se hace mención al acceso de las mujeres a una vivienda digna.
La ausencia de estadísticas desagregadas imposibilita comprobar el estado de las garantías del derecho a la vivienda desde un enfoque de género.
¿Quiénes son las personas beneficiarias del programa nacional de construcción de viviendas?
El pasado 3 de julio el Grupo Gubernamental de apoyo a la capital dio a conocer que La Habana ha cumplido con el 59 por ciento del plan de viviendas para 2020, al entregar un total de 4.373 viviendas hasta mayo de este año. De ellas, 68 las recibieron madres de la capital con tres o más hijos menores de 12 años. Entre 2019 y el primer trimestre del actual año, de las 11.805 madres identificadas en el país con esas características, 1.762 mujeres fueron beneficiadas en esta modalidad. Ese grupo poblacional es uno de los considerados por el programa como parte de las políticas para estimular la natalidad.
Otro artículo señala que, de manera acumulada y hasta septiembre de 2020, han sido atendidas 3.115 madres “por los conceptos de financiamiento asignado, subsidios y plan estatal”. Si bien la maternidad es una de las cuestiones que se está protegiendo, el hecho de ser madres no agota todo el enfoque de género en los distintos programas.
Se sabe que las prioridades para la entrega de viviendas y de materiales de la construcción tienen en cuenta a: damnificados de eventos climatológicos, los casos que se encuentran en condiciones precarias (barrios insalubres, ciudadelas, pisos de tierra, edificios con peligro inminente de derrumbe), casos sociales por problemas graves de viviendas y albergados, principalmente. Pero, a su vez, estas entregas están subordinadas a un requisito, y es que se tendrán en cuenta los méritos laborales y sociales para considerarse beneficiado.
La última Encuesta Nacional sobre Igualdad de Género arrojó que las mujeres vinculadas al trabajo remunerado presentan una diferencia de casi 10 horas en el tiempo asignado al trabajo no remunerado (trabajo en el hogar y trabajos de cuidados), en comparación con los hombres. Ellas mantienen la carga doméstica, por lo tanto, la doble jornada de trabajo. Las condiciones para obtener méritos laborales y sociales no son equitativas entre hombres y mujeres.
Al cierre de 2018, las mujeres representábamos un 37 % del total de personas ocupadas en el país. En 2019, solamente el 49.48 % de las mujeres cubanas en edad laboral formaban parte de la Población Económicamente Activa, en verdadero contraste con el 76.87 % de los hombres. La demostración de un vínculo laboral formalizado y de méritos laborales desconsidera la brecha de género en los mercados laborales.
En el sector cuentapropista, que eventualmente podría proveer mejores ingresos, las mujeres representamos en 2018 solamente el 33,95 % del total y, además, se maneja la hipótesis de que somos menos dueñas de negocios. Por lo que las diferencias, en comparación con nuestros pares masculinos, se repiten.
De manera similar a la política de entregas del programa de construcción de viviendas ocurre con los créditos bancarios para la rehabilitación y mantenimiento de las viviendas en mal estado. El Banco Metropolitano, desde 2011, comenzó a otorgar créditos con este fin, siempre y cuando la persona que lo solicitara fuera trabajadora formal o demostrara algún tipo de ingreso regular. Lo que, como se ha venido explicando, marca una desventaja más para las mujeres cubanas.
En 2013 se aprueba el “Reglamento para el otorgamiento de subsidios a personas naturales para realizar acciones constructivas en su vivienda”. Este nuevo cuerpo normativo intentó proteger las inequidades de poblaciones vulnerables económicamente como son, por ejemplo, las madres solas que viven en condiciones precarias, las mujeres con capacidades especiales, las mujeres de la tercera edad. Sin embargo, un estudio realizado sobre este programa, que abarcó el período de 2011 a 2018, evidenció las brechas por cuestiones sexo/genéricas en el otorgamiento de los subsidios. Señala que, en muchas ocasiones, los beneficiarios solucionan los gastos adicionales relacionados al subsidio en sí y al costo de los materiales para la rehabilitación como son la mano de obra y el trasladado de los materiales, haciéndolos ellos mismos. Agrega que las mujeres en estado de vulnerabilidad social y económica como las que se mencionaron anteriormente, y que son las principales candidatas al programa, se encuentran en franca desventaja en este sentido.
Contar con datos oficiales que sistematicen, desde una perspectiva de género, el comportamiento de la titularidad de las viviendas y el acceso a ellas en buen estado constructivo, podría dar respuestas también al bajo índice de mujeres dueñas de negocios en el sector no estatal de la economía. Las actividades por cuenta propia autorizadas hasta la presente fecha y desde que se ampliaron en 2010 han estado vinculadas al acceso a los recursos, a la propiedad y a la vivienda ya que las más representativas son la elaboración de alimentos en paladares, cafeterías y restaurantes, y el arrendamiento de viviendas. Las de carácter ambulante, que no precisan desarrollarse dentro de los límites de un inmueble, son las menos representativas.
Algunos estudios que han analizado la profundización de la pobreza en Cuba en su carácter multidimensional, donde se incluye el acceso a la vivienda como indicador, han señalado un aumento de las brechas de género con mayores desventajas para las mujeres. Asimismo, el Censo de población y viviendas según el color de la piel del año 2016 reveló que la población afrodescendiente es la que en peores condiciones tiene sus viviendas en cuanto a mantenimiento, calidad de los materiales, servicios, instalaciones disponibles (baño y cocina) y hacinamiento. Teniendo en cuenta estas inequidades de género y de “raza” es probable que, en particular, el de las mujeres racializadas sea uno de los grupos más desfavorecidos.
Recientemente se confirmó la muerte de una mujer como resultado del derrumbe de su vivienda en la Habana Vieja. Este mismo año tres niñas perdieron la vida a causa del desplome en la Habana Vieja, y en el Cerro otra mujer de 68 años también murió a causa de un derrumbe. El acceso a este tipo de datos desagregados atendiendo al género y al color de la piel también podría verificar quiénes son los grupos poblacionales más afectados por este tipo de eventos y, en la misma medida, corroborar sobre quiénes impactan más las condiciones habitacionales en estado crítico y con peligro para la vida. Si además tenemos en cuenta que, según los datos comentados, somos las mujeres las que permanecemos más tiempo en los hogares debido a la menor inserción en el mercado laboral y a la sobrecarga de los trabajos domésticos, es una probabilidad que aquellas que habiten inmuebles con peligro de derrumbe puedan ser las más afectadas.
Se espera que durante el próximo mes de diciembre se aprobará la nueva Ley de la Vivienda y en julio del 2021 se prevé que dispongamos por primera vez de una Ley de transparencia y acceso a la información. La primera podría aterrizar el espíritu de la Constitución y disponer el enfoque de género en su articulado, en todas las políticas públicas relacionadas con la vivienda, así como en sus procedimientos. La segunda contribuiría a desagregar los datos simultáneamente de manera tal que coadyuve a la ejecución de soluciones focalizadas que disminuyan estas inequidades sociales.
VIVIENDA Y VIOLENCIA DE GÉNERO
La disponibilidad y el acceso a la vivienda es uno de los ejes de la igualdad de género que responde también a la seguridad física de las mujeres. En Cuba, la Encuesta Nacional por la Igualdad de Género reveló que el 36,9 % de las mujeres se han encontrado en una situación de violencia machista dentro de sus relaciones de pareja en algún momento de sus vidas. La misma fuente asegura que, ante una agresión, el 57,4 % de las mujeres se divorciaría de su pareja y el 8,1 % optaría por irse de la casa. Pero ¿a dónde?
Uno de los mayores problemas de la violencia de género intrafamiliar está asociada a que las mujeres agredidas no disponen de una vivienda alternativa a la que acudir. Ni en calidad de refugio ni en calidad de bien personal adquirido. Con un déficit habitacional de 929 mil 695 viviendas y con las brechas de género comentadas en párrafos anteriores, las mujeres encontramos más desventajas aún para acceder a un inmueble propio. Es por ello que la misma encuesta reflejó la falta de viviendas como el problema más importante a resolver para las mujeres cubanas.
La vivienda considerada, en primera instancia, como elemento protector para la solución del conflicto y, en segunda instancia, como recurso que fomenta la autonomía de las mujeres en superación de la violencia sufrida, es de los ejes principales para fomentar la prevención y la reparación de las violencias contra las mujeres. Teniendo en cuenta que, en gran medida, estas se reproducen en los espacios privados. Si estudiamos dónde y cómo han ocurrido los últimos feminicidios, podemos confirmarlo.
Una de las leyes a modificarse próximamente es la Ley General de la Vivienda. Esta reorganización jurídica podría regular la disponibilidad de refugios; la creación de un programa específico de entrega de viviendas para mujeres refugiadas, con prioridad para mujeres adultas mayores, embarazadas, con capacidades especiales y madres; la inclusión de la mujer refugiada o violentada de manera prioritaria en los actuales y futuros programas de viviendas que incluye ventajas crediticias; entre otras. Todas bajo la supervisión y colaboración de la Federación de Mujeres Cubanas (FMC) y el resto de las organizaciones civiles que trabajan por la igualdad de género en el país.
La vivienda no es solo hábitat, constituye también un elemento imprescindible para la salvaguarda de la integridad física de las mujeres.
Imagen: Sadiel Mederos para elTOQUE
Edición: Milena Recio
Publicado en: Matria, elTOQUE