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Neoconservadurismos religiosos en Cuba

El pasado primero de abril asistieron al programa de la televisión nacional Palabra Precisa dos representantes de iglesias cristianas para que compartieran sus opiniones acerca del proyecto de Código de las Familias, actualmente en consulta popular.  

La pastora Dora Arce Valentín, de la Iglesia Presbiteriana Reformada manifestó un apoyo al espíritu del texto en general; mientras que el pastor Bárbaro Abel Marrero Castellanos, de la Convención Bautista de Cuba Occidental, mostró preocupaciones y contrariedades respecto a varios aspectos del proyecto de Código, entre ellos, la figura de la Patria Potestad que se sustituye por la responsabilidad parental, exaltando la necesidad de proteger a la familia tradicional en su composición monogámica y heterosexual.

El pastor, además, se refirió a favor de que se mantuviera el castigo físico/corporal moderado como un derecho de los padres sobre los hijos y las hijas (aspecto que elimina el proyecto) y, a través de su convocatoria para velar por la continuidad de la familia biológica heterocentrada, se opuso al reconocimiento de algunos derechos, entre ellos, los relacionados a las parejas del mismo género y a la identidad de género.

Manifestó que la categoría de la responsabilidad parental “menoscaba el derecho de los padres sobre los hijos”, que “la iglesia debe tener un rol de conciencia sobre la sociedad” y “ser un estímulo favorable para que la sociedad no se corrompa”. Reconoció que, a pesar de que todas las personas tienen dignidad, “eso no significa que nosotros aprobemos toda conducta o pensamiento”. También hizo un llamado a la sociedad a arrepentirse y a “dejar prácticas nocivas”.

Para mayor énfasis y claridad, el pastor apuntó que el proyecto de Código “afecta sustancialmente a la familia biológica (…) al tratar de elevar a la categoría de familia esas relaciones”. Con las frases “esas relaciones” o “tipo de relación”, que reiteró durante su alocución, se refería a las relaciones homosexuales o toda aquella que no sea heterosexual, añadiendo que estas no eran “lo más saludable para esas personas”. Subrayó que el matrimonio biológico tradicional “es el ambiente ideal para desarrollar ciudadanos de bien”.

Pero ¿por qué la opinión de representantes de estas vertientes religiosas debe ser considerada de manera particular en materia de derechos y de leyes? ¿por qué en la televisión nacional?

Algo más que un asunto religioso

Los movimientos feministas y LGBTIQ han impulsado y modelado las agendas de los países en materia de derechos en general, y de derechos sexuales y reproductivos en particular; considerados a su vez derechos humanos por las Naciones Unidas.1

Las demandas de estos movimientos han estado fuertemente vinculadas en las últimas décadas al derecho al aborto, a la libre anticoncepción, a la identidad de género, al respeto hacia las orientaciones sexuales diversas, al matrimonio igualitario y, también, a la educación sexual en las escuelas, a la laicidad de los programas de estudio y a la separación del Estado y de la Iglesia. La vía para garantizar el reconocimiento y la articulación de estas demandas ha sido mediante el Derecho y los derechos.

En reacción, varios sectores religiosos se han nucleado, e incluso aliado con otros no religiosos, conformando un activismo conservador para oponerse y contrarrestar el avance de estos movimientos “desestabilizadores” del orden tradicional de la sociedad y en defensa de la moral cristiana. La vía para exigir a los Estados el cumplimiento de las peticiones que buscan frenar la “amenaza” feminista y de las personas LGBTIQ, ha sido la politización de lo religioso y que tenga, también, connotaciones en los derechos y las leyes.

A este tipo de activismo y a sus programas se les llama neoconservadores (por el desarrollo de nuevas estrategias en un contexto de ascenso neoliberal) y antiderechos (porque precisamente es una reacción que se opone al reconocimiento de derechos humanos basados en la pluralidad).

En tanto, los movimientos neoconservadores se autodenominan pro-vida y pro-familia, enfocados a una visión reproductivista del matrimonio heteronormado, y cuya punta de lanza política ha sido el término “ideología de género”. La expresión es una deformación de la perspectiva de género enarbolada por los movimientos feministas y de la propia categoría de género que conforman los estudios de las ciencias sociales.

Fue el Cardenal Ratzinger, primero como prefecto de la Fe y luego como Papa, quien tuvo un papel relevante en la adopción del término “ideología de género” como sustituto de la expresión “cultura de la muerte” empleada por Juan Pablo II para referirse al aborto, a la anticoncepción y a la eutanasia. 2

En efecto, la Congregación para la Educación Católica elaborada por el Vaticano en el 2019 plantea que el género como categoría “determina, en primer lugar, una revolución cultural e ideológica (…) y, en segundo lugar, una revolución jurídica, porque estos casos promueven derechos individuales y sociales específicos.”

En la V Conferencia General del Episcopado Latinoamericano y del Caribe celebrada en 2007, se planteó que la “ideología de género” era uno de los presupuestos que debilitan y menoscaban la vida familiar, debido a que cada cual podía escoger su orientación sexual y esto provocaba “modificaciones legales que hieren gravemente la dignidad del matrimonio, el respeto al derecho a la vida y la identidad de la familiar”.

En América Latina y el Caribe también han sido medulares los sectores evangélicos conservadores para la expansión de estas corrientes en donde la “ideología de género” representa la depravación del orden social tradicional y de las leyes naturales. Esta masificación es resultado de las grandes bases populares que nutren las congregaciones religiosas de tipo evangélicas, además de las alianzas con otros sectores religiosos (como el católico) y no religiosos, pero conservadores.

En Cuba, las acciones de estos grupos se hicieron visibles con más notoriedad a partir del año 2018, a raíz del debate popular concerniente al anteproyecto de la Constitución cubana donde se explicitaba que el matrimonio sería la unión formalizada entre dos personas (eliminando la distinción de hombre y mujer).

Las demandas de estos grupos superan, entonces, el terreno de lo religioso. El Derecho, los derechos y la ley se vuelven una de las arenas fundamentales de disputa contra la pluralidad. La llamada “ideología de género” constituye el marco político para revertir el avance de las peticiones de los movimientos feministas y LGBTIQ. Y, para ello, es de suma relevancia introducirse en los programas y políticas del Estado, incluyendo la educación, la televisión y el orden jurídico.

Tensiones entre derechos

Una de las fórmulas mediante las cuales los grupos neoconservadores articulan sus intenciones políticas es enunciando los derechos a la libertad religiosa, de conciencia y de expresión basados en el principio de laicidad. Los tres fueron expuestos en el programa de la televisión cubana. Sin embargo, el ejercicio de estos derechos encuentra límites en los derechos de las demás personas y colectivos, y es aquí donde se entroncan las tensiones.

Es poco probable que el ejercicio de la libertad de expresión y religiosa se manifiesten de manera inocua cuando de derechos de personas homosexuales, transgénero, travestis y demás se trata, sobre todo proviniendo de sectores que se les oponen. Generalmente las expresiones referentes a estas poblaciones vienen aparejadas de estigmatizaciones, prejuicios o frases discriminatorias que configuran violencias simbólicas respecto a la imagen y dignidad de esas personas. Refuerzan imaginarios de rechazo acompañados, en ocasiones, de sentidos de miedo o pánico moral ya que, justamente, consideran que la conquista de derechos por parte de esas comunidades representa una amenaza para el orden social y las leyes naturales en sentidos de degradación o depravación moral.

En el programa de marras se pudo escuchar frases como “relaciones no saludables”, “prácticas nocivas”, o expresiones que lanzaban una noción de peligro como la posible corrupción de la sociedad o de no formar “ciudadanos de bien” si llegara a reconocerse el matrimonio igualitario y la diversidad de las familias.

Estos son de los primeros límites. El daño a la imagen y dignidad de personas que han sido históricamente estigmatizadas y rechazadas. La lesión a estos derechos conlleva sistemáticamente a la discriminación y daños concretos respecto, por ejemplo, al empleo, la educación, la vivienda, la integridad física y los derechos sexuales y reproductivos. La interdependencia de los derechos humanos, como principio, se pone de manifiesto con estos ejemplos.

La libertad de conciencia ejercida por personas que integran estas corrientes religiosas neoconservadoras ha sido usada como estrategia para obstaculizar o impedir el acceso a la salud sexual y reproductiva. En nuestra región, es frecuente el uso de la objeción de conciencia por parte de profesionales de la salud adscriptos a estas religiones para no practicar la interrupción voluntaria del embarazo de personas que así lo requieren. La otra cara de la moneda consiste en la asistencia de personas creyentes a las clínicas o centros destinados a la realización de abortos de manera legal con el propósito de que las mujeres desistan de interrumpir sus embarazos o de que el personal médico no efectúe la interrupción.

En Cuba se ha documentado en fechas muy recientes prácticas de este tipo en instalaciones públicas de salud, específicamente en la provincia de Granma, poniéndose en juego uno de los principales derechos adquiridos en beneficio de las mujeres durante los primeros años de la revolución y transgrediendo el principio de laicidad en los espacios públicos y estatales. Tolerándose, incluso, las actividades de estos grupos antiderechos en centros de salud pública. Además, investigaciones periodísticas han develado la expansión de los neoconservadurismos religiosos en la provincia de Santiago de Cuba, entorpeciendo, disuadiendo o bloqueando el derecho al aborto como un derecho sexual y reproductivo. La permisividad sin obstáculos de estas prácticas es preocupante.

También lo es el aplazamiento indefinido de la Resolución 16 de 2021 del Ministerio de Educación, a partir de la cual se actualiza el programa de educación integral de la sexualidad, incluyendo un enfoque de género y abordando derechos sexuales y reproductivos en el sistema nacional de educación. El programa promueve “la igualdad de género, los derechos sexuales y reproductivos, la autonomía, la salud sexual, el bienestar psicosexual y la expresión de una sexualidad plena, segura, placentera, libre y responsable en las niñas, niños, adolescentes y jóvenes”. Hace referencia, con enfoque preventivo y transformador, al bullying escolar, al acoso escolar, a las discriminaciones expresadas como homofobia, transfobia y racismo, también a la prevención de los abusos sexuales, los embarazos adolescentes, relaciones sexuales precoces y a las violencias basadas en género.

Son varias las razones que indican que el pulseo político para la implementación de la Resolución fue ganado por los grupos neoconservadores en Cuba, en detrimento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Es pertinente recordar que una de las inquietudes manifestadas por el pastor Bárbaro Abel fue, precisamente, la regulación en materia de derechos de los padres sobre las hijas y los hijos y en su formación educativa. También es oportuno rememorar que, las familias adscriptas a estos sectores religiosos amenazaron con no enviar a sus niños y niñas a las escuelas si se implementaba el programa.

Es evidente que la politización de la moral religiosa de estas vertientes insiste en mantener sus privilegios y en hacerlos extensivos a toda la sociedad cubana en menoscabo de los derechos—humanos—de otros. También es notorio que, aunque sus discursos, proyecciones y dinámicas vayan en contra de las políticas oficiales del Estado, sus prácticas se toleran e incluso llegan a impactar la teleaudiencia nacional.

No hay que olvidar que en el debate constitucional durante el 2018, el artículo que protagonizó la discusión democrática fue el 68 referente al matrimonio igualitario. En consecuencia, se sustituyó el vocablo “personas” por “cónyuges” y el único cuerpo legal que se llevó a referéndum, de las más de cien normas jurídicas que se aprobarían en el calendario legislativo, fue el Código de las Familias.

Otras preocupaciones

Ha sorprendido la aparición en televisión nacional de los fundamentalismos religiosos en Cuba, sobre todo porque son manifiestamente opuestos a una política estatal como el Código de Familias, pero, en un marco más amplio, son opuestos también al avance de la agenda de las mujeres respaldado en otro programa estatal como lo es el Programa Nacional de Adelanto para las Mujeres. 

Preocupa, además, que el pastor Bárbaro Abel, durante la transmisión del programa anunció, de forma petitoria, que las congregaciones neoconservadoras que representa tendrían dos salidas yuxtapuestas si se aprobaba el Código de las Familias tal y como se proponía: una cláusula de excepción por motivo de conciencia y que los padres tengan otras opciones para educar a sus hijos.

Al día siguiente del programa, enfatizó lo dicho a través de sus redes sociales: de aprobarse el Código y de implementarse la Resolución 16/21, teniendo en cuenta el “marcado enfoque de género” de ambos instrumentos jurídicos, será significativo para los maestros cristianos que se encuentren “compelidos” a transmitir estas enseñanzas, que el estado cubano diga qué sucederá con ellos (refiriéndose a la cláusula de excepción). Por lo mismo, comunicó la posibilidad de que las familias tradicionales se vieran conflictuadas de enviar a sus hijos e hijas a las escuelas (refiriéndose a la objeción de conciencia). Todo esto con basamentos en las mencionadas libertad religiosa y libertad de conciencia.

En el mismo comunicado en redes sugirió que una manera de disipar estos conflictos entre Iglesia y Estado laico es otorgándole a las familias “la opción de instruir a sus hijos en escuelas privadas o en las casas”, haciendo alusión a los países donde se ha aprobado ya el matrimonio igualitario. No obstante, acotó que, en nuestro caso eso no sería posible porque “en Cuba toda la educación es pública”. Preocupa también porque, se sabe, un largo anhelo de algunas vertientes religiosas en el país ha sido la posibilidad de rectorar un sector de la enseñanza. Y en este “juego” de presiones, poco a poco han logrado expandir y visibilizar sus agendas y demandas.

Sorprende el programa también porque lograron entrar a un espacio de teledifusión masiva justo en un contexto nacional de profundos cambios socio-económicos y de alta conflictividad social y política; en donde el Estado cubano se ha mostrado impermeable con otras demandas y reclamos desde la sociedad, sin embargo, ha respondido de manera más flexible con el sector religioso fundamentalista el que a su vez cuenta con más recursos económicos y de poder, con mayor articulación organizativa nacional y trasnacional, con financiamientos no solo locales y con intereses inclinados a las derechas neoliberales y anticomunistas.

Preocupa el desarrollo de sus actividades antiabortivas en localidades fundamentalmente periféricas, rurales o en provincias del oriente del país;  frente a un derecho al aborto que no se blindó en el texto constitucional, que se encontraba protegido en el antiguo Plan Nacional de la Mujer de 1997 mediante la regulación de la “atención integral psicológica y social a la mujer en los servicios de aborto” (punto 75) y que fuera lamentablemente eliminado en el nuevo Programa de Adelanto para las Mujeres de 2021. Inquieta también esta situación si tenemos en cuenta la persistencia de las altas tasas de embarazo adolescente en el país con mayor relevancia precisamente en las zonas rurales, en las provincias orientales y entre las adolescentes racializadas; territorios y poblaciones que, si no son atendidas oportunamente por políticas del Estado, lo serán cada vez más por las congregaciones cristianas y sus programas neoconservadores.

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Notas: 

1 La Plataforma de Acción de Beijing de 1995 es una Resolución adoptada por la ONU que constituye la agenda mundial por la igualdad de género y por los derechos de las mujeres considerados derechos humanos. Los Principios de Yogyakarta establece que los derechos relacionados a la orientación sexual y a la identidad de género son derechos humanos, aunque no es un tratado vinculante en materia jurídica internacional, se redactó con la intención de establecer principio de interpretación y aplicación en materia de Derechos humanos.

2 Vaggione, J.M. (2022). “El entramado neoconservador en América Latina. La instrumentalización de la ideología de género en las democracias contemporáneas”. Las Torres de Lucca. Revista internacional de filosofía política. https://doi.org/10.5209/ltdl.79437

Imagen: Kaloian

Publicado en: OnCuba News

Madre, mujer negra, migrante nacida en Cuba. Abogada, investigadora, militante feminista y antirracista. Ahora escribidora

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